Calculadora de Liquidación Laboral (Ley 27802)
Calculá tu liquidación final por despido, renuncia o fin de contrato según la Ley 27802 de Modernización Laboral.
Datos del empleo
Determina la duración del período de prueba según la Ley 27.802: hasta 5 empleados → 12 meses; de 6 a 100 → 8 meses; más de 100 → 6 meses.
Remuneración
$
Incluye sueldo básico, comisiones habituales y horas extras habituales. Excluye SAC, vacaciones y conceptos variables abonados en menos de 6 de los últimos 12 meses (Art. 245 reformado, Ley 27.802). Para remuneraciones variables, ingresá el promedio más favorable entre los últimos 6 meses o el último año.
Detalles de la liquidación
días
días
Incluye vacaciones proporcionales del año en curso. Si tampoco gozaste las del año anterior, sumalas manualmente.
| Antigüedad | Días corridos |
|---|---|
| Hasta 5 años | 14 |
| De 6 a 10 años | 21 |
| De 11 a 20 años | 28 |
| Más de 20 años | 35 |
$
Es 3 veces el promedio de las remuneraciones del convenio colectivo de tu actividad. Si no lo conocés, dejalo vacío.
Ingresá las fechas para calcular.
Calculadora de liquidación laboral Argentina (Ley 27802). Indemnización por despido, preaviso, SAC y vacaciones.
¿Qué es la liquidación final y qué rubros incluye en Argentina?
Cómo calcular la liquidación laboral en Argentina con la Ley 27.802 paso a paso
Fórmulas de la liquidación laboral argentina (Ley 27.802)
- = Indemnización por antigüedad (Art. 245 LCT reformado por Ley 27.802)
- = Base indemnizatoria: mejor remuneración mensual, normal y habitual (excluye SAC, vacaciones y variables con menos de 6/12 meses de pago)
- = Antigüedad indemnizatoria en años (fracción > 3 meses se redondea a 1 año más, mínimo 1)
Ejemplos de cálculo de liquidación laboral en Argentina
Despido sin causa con 4 años de antigüedad y sueldo de $1.500.000 (empresa grande)
| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Días trabajados (10 días) | $1.500.000 / 30 x 10 | $500.000 |
| SAC proporcional | $1.500.000 / 2 x 100/181 | $414.365 |
| Vacaciones no gozadas (4 días) | $1.500.000 / 25 x 4 | $240.000 |
| SAC sobre vacaciones | $240.000 / 12 | $20.000 |
| Preaviso (1 mes) | $1.500.000 x 1 | $1.500.000 |
| SAC sobre preaviso | $1.500.000 / 12 | $125.000 |
| Integración del mes (20 días) | $1.500.000 / 30 x 20 | $1.000.000 |
| SAC sobre integración | $1.000.000 / 12 | $83.333 |
| Indemnización Art. 245 (4 años) | $1.500.000 x 4 | $6.000.000 |
| Total liquidación | $9.882.698 |
Renuncia voluntaria con 2 años de antigüedad y sueldo de $900.000
| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Días trabajados (20 días) | $900.000 / 30 x 20 | $600.000 |
| SAC proporcional | $900.000 / 2 x 20/184 | $48.913 |
| Vacaciones no gozadas (8 días) | $900.000 / 25 x 8 | $288.000 |
| SAC sobre vacaciones | $288.000 / 12 | $24.000 |
| Total liquidación | $960.913 |
Efecto del tamaño de la empresa en el período de prueba (Ley 27.802)
| Tipo de empresa | Período de prueba | ¿Dentro del período? | Rubros aplicables | Liquidación aprox. |
|---|---|---|---|---|
| Grande (>100 empleados) | 6 meses | No (al mes 7) | Indemnización + preaviso + integración + SAC + vacaciones | ~$4.400.000 |
| Mediana (6-100 empleados) | 8 meses | Sí (al mes 7) | Días trabajados + SAC proporcional + vacaciones | ~$1.050.000 |
| Micro/pequeña (≤5 empleados) | 12 meses | Sí (al mes 7) | Días trabajados + SAC proporcional + vacaciones | ~$1.050.000 |
Tabla comparativa: liquidación según motivo de egreso (sueldo $1.200.000, 6 años de antigüedad)
| Concepto | Despido sin causa | Despido con causa | Renuncia |
|---|---|---|---|
| Días trabajados | $600.000 | $600.000 | $600.000 |
| SAC proporcional | ~$350.000 | ~$350.000 | ~$350.000 |
| Vacaciones no gozadas | ~$240.000 | ~$240.000 | ~$240.000 |
| SAC sobre vacaciones | ~$20.000 | ~$20.000 | ~$20.000 |
| Preaviso (2 meses) | $2.400.000 | -- | -- |
| SAC sobre preaviso | $200.000 | -- | -- |
| Integración (15 días) | $600.000 | -- | -- |
| SAC sobre integración | $50.000 | -- | -- |
| Indemnización Art. 245 | $7.200.000 | -- | -- |
| Total aproximado | $11.660.000 | $1.210.000 | $1.210.000 |
Consejos para verificar y cobrar tu liquidación laboral
- Compará rubro por rubro. No mires solo el total: verificá que cada concepto (indemnización, preaviso, integración, SAC, vacaciones) esté calculado correctamente. Usá esta calculadora para tener tu propio desglose y compararlo con lo que ofrece el empleador.
- Revisá la base del cálculo según la Ley 27.802. La mejor remuneración mensual, normal y habitual excluye el SAC, las vacaciones y los premios no mensuales. Solo se consideran habituales los conceptos devengados al menos 6 de los últimos 12 meses. Si tenías horas extras regulares, comisiones habituales o adicionales fijos que se pagaban mes a mes, deberían estar en la base; si solo recibiste un bono una o dos veces al año, no.
- Confirmá el tamaño de la empresa. La duración del período de prueba cambia según el empleador: 6 meses en grandes (más de 100), 8 meses en medianas (6-100) y 12 meses en micro/pequeñas (5 o menos). Si te despiden cerca de ese límite, el resultado puede pasar de cobrar solo días trabajados a cobrar toda la indemnización. El dato de cantidad de empleados figura en el F.931 de AFIP.
- Conocé el tope y el piso. Si tu sueldo supera el tope del convenio colectivo (3 veces el promedio de remuneraciones del CCT), la base de la indemnización se limita a ese tope. Pero si el tope reduce la base por debajo del 67% de tu sueldo real, se aplica el piso del 67% codificado por la Ley 27.802 (antigua doctrina Vizzoti). Consultá el tope de tu convenio en la web del Ministerio de Trabajo.
- Interpretá el resultado. Una liquidación que incluya solo días trabajados, SAC proporcional y vacaciones es la mínima: típica de renuncia, despido con causa o fin de período de prueba. Si te despidieron sin causa y tu liquidación no supera 2 o 3 sueldos, probablemente te estén escamoteando rubros. En un despido sin causa con más de 3 años de antigüedad, la liquidación total suele representar entre 5 y 10 sueldos brutos.
- El plazo de pago es de 4 días hábiles. Desde la fecha de egreso, el empleador tiene 4 días hábiles para abonar la liquidación final. Si no lo hace, podés intimar por telegrama laboral (gratuito en cualquier oficina de Correo Argentino) y eventualmente reclamar mediante el SECLO.
- Si te despidieron, no firmes nada sin revisar. Pedí el recibo detallado de la liquidación final antes de firmar cualquier conformidad. Tenés derecho a tomarte el tiempo necesario para verificar los cálculos. Una vez firmada la conformidad, es más difícil reclamar diferencias.
- Guardá los recibos de sueldo de los últimos 12 meses. La mejor remuneración se determina sobre los últimos 12 meses. Si no tenés los recibos, pedílos al empleador o descargalos desde el portal de AFIP (Mis Aportes).
- Consultá a un abogado laboralista si tu empleo no estaba completamente registrado. Si parte de tu sueldo era en negro o no estabas registrado desde la fecha real de ingreso, pueden corresponder multas adicionales (Ley 25.323, Ley 24.013) que esta calculadora no incluye.
- Los montos indemnizatorios no tributan Ganancias. La indemnización por antigüedad, el preaviso y la integración del mes son rubros no remunerativos y están exentos del impuesto a las Ganancias. El SAC proporcional y los días trabajados sí pueden tener retenciones.
Preguntas frecuentes sobre liquidación laboral en Argentina (Ley 27.802)
¿Qué cambió con la Ley 27.802 de Modernización Laboral?
La Ley 27.802, vigente desde el 6 de marzo de 2026, introdujo cuatro cambios clave en la liquidación por despido: 1) el período de prueba ahora depende del tamaño de la empresa (6, 8 o 12 meses); 2) la base del Art. 245 excluye el SAC, las vacaciones y los conceptos variables pagados en menos de 6 de los últimos 12 meses; 3) el piso del 67% pasa de ser jurisprudencia Vizzoti a ley explícita; 4) no hay preaviso durante el período de prueba.
¿Cuánto es el período de prueba según la Ley 27.802?
El período de prueba depende del tamaño del empleador: 6 meses en empresas grandes (más de 100 empleados), 8 meses en empresas medianas (entre 6 y 100 empleados) y 12 meses en microempresas y pequeñas empresas (hasta 5 empleados). Los convenios colectivos pueden ampliar o reducir estos plazos. Durante el período de prueba, el despido no genera indemnización, preaviso ni integración del mes.
¿Qué es el piso del 67% del Art. 245?
El piso del 67% garantiza que el tope del convenio colectivo nunca reduzca la base indemnizatoria por debajo del 67% de la remuneración real del trabajador. Si tu sueldo es de $3.000.000 y el tope del CCT es de $1.500.000, como $1.500.000 es menos que el 67% de $3.000.000 ($2.010.000), la base se fija en $2.010.000. La Ley 27.802 lo incorporó como norma legal; antes era la doctrina Vizzoti de la Corte Suprema (2004).
¿Cuánto me corresponde de indemnización si me despiden sin causa?
La indemnización por antigüedad equivale a un mes de tu mejor remuneración mensual, normal y habitual por cada año trabajado o fracción mayor a 3 meses, con un mínimo de 1 mes. A esto se suman el preaviso sustitutivo, la integración del mes, el SAC proporcional, las vacaciones no gozadas y el SAC sobre esos rubros. Por ejemplo, con un sueldo de $1.200.000 y 5 años de antigüedad, la indemnización sola sería $6.000.000 y la liquidación total superaría los $9.000.000.
¿Cuál es la diferencia entre liquidación final por despido y por renuncia?
En la renuncia solo se cobran los días trabajados, el SAC proporcional y las vacaciones no gozadas. No corresponden indemnización por antigüedad, preaviso ni integración del mes. En el despido sin causa se cobran todos esos conceptos. La diferencia es enorme: con 5 años de antigüedad, un despido sin causa genera una liquidación entre 5 y 10 veces mayor que una renuncia.
¿Cómo se calculan las vacaciones no gozadas en la liquidación final?
Las vacaciones no gozadas se calculan dividiendo la remuneración por 25 (Art. 155 LCT) y multiplicando por los días de vacaciones pendientes. Los días dependen de la antigüedad: 14 días corridos si tenés hasta 5 años, 21 si tenés entre 6 y 10, 28 entre 11 y 20, y 35 con más de 20 años. Se prorratean según los días trabajados en el año en curso.
¿Qué conceptos se excluyen de la base de cálculo con la Ley 27.802?
La base del Art. 245 excluye el SAC (aguinaldo), las vacaciones y los conceptos variables o premios abonados en menos de 6 de los últimos 12 meses. Solo integran la base los rubros devengados y pagados en al menos 6 de los últimos 12 meses. Un bono anual único, por ejemplo, queda fuera; una comisión mensual habitual sí entra.
¿Esta calculadora de liquidación laboral es gratis y está actualizada a la Ley 27.802?
Sí, la calculadora es completamente gratuita, sin registro ni datos personales, y aplica las fórmulas de la LCT con las reformas de la Ley 27.802 vigentes desde el 6 de marzo de 2026, incluyendo el período de prueba según tamaño de empresa, el piso del 67% del Art. 245 y la base depurada de SAC y variables no habituales. Los cálculos son orientativos: en casos con empleo no registrado, multas especiales o convenios con condiciones particulares, consultá a un abogado laboralista.
¿En cuánto tiempo me tienen que pagar la liquidación final?
El empleador tiene 4 días hábiles desde la fecha de finalización de la relación laboral para abonar la liquidación final completa, independientemente del motivo de egreso. Si no cumple, podés enviar un telegrama laboral gratuito intimando el pago y, si persiste el incumplimiento, iniciar el reclamo a través del SECLO (Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria).
Términos clave de la liquidación laboral argentina
Ley 27.802 (Modernización Laboral)
Ley publicada el 6 de marzo de 2026 que reforma la LCT. Redefine la base del Art. 245, codifica el piso del 67%, y establece un período de prueba variable según el tamaño de la empresa (6, 8 o 12 meses).
Indemnización por antigüedad (Art. 245)
Compensación económica que el empleador debe pagar al trabajador despedido sin causa: un mes de la mejor remuneración por cada año de servicio o fracción mayor a 3 meses, con un mínimo de 1 mes.
Preaviso sustitutivo
Indemnización que reemplaza al aviso previo cuando el empleador no lo otorgó: 1 mes si la antigüedad es menor a 5 años, 2 meses si es igual o mayor. Solo aplica en despido sin causa fuera del período de prueba.
Integración del mes de despido
Pago por los días restantes del mes desde la fecha de despido hasta fin de mes. Se calcula como remuneración / 30 x días faltantes. Solo aplica cuando no se otorgó preaviso y fuera del período de prueba.
Período de prueba (Ley 27.802)
Lapso inicial de la relación laboral durante el cual el empleador puede despedir sin indemnización, preaviso ni integración. Dura 6 meses en empresas grandes (más de 100 empleados), 8 en medianas (6-100) y 12 en micro/pequeñas (hasta 5).
SAC (Sueldo Anual Complementario)
El aguinaldo argentino: equivale al 50% de la mayor remuneración mensual del semestre. Se paga en dos cuotas (junio y diciembre). En la liquidación final se incluye la parte proporcional al tiempo trabajado en el semestre.
Mejor remuneración mensual, normal y habitual
La remuneración más alta de los últimos 12 meses que se usa como base para la indemnización. Incluye sueldo básico y conceptos habituales (devengados al menos 6 de los últimos 12 meses). Excluye SAC, vacaciones y premios no mensuales (Ley 27.802).
Tope del convenio colectivo (CCT)
Límite máximo para la base indemnizatoria: 3 veces el promedio de remuneraciones del convenio colectivo de trabajo aplicable. Si la remuneración del trabajador supera este valor, la base se limita al tope (salvo que aplique el piso del 67%).
Piso del 67% (Art. 245, Ley 27.802)
Garantía de que el tope del CCT no puede reducir la base indemnizatoria por debajo del 67% de la remuneración real del trabajador. Originado en el fallo Vizzoti (Corte Suprema, 2004), codificado como ley por la Ley 27.802 (2026).
स्रोत आणि संदर्भ
- Ley 20.744 de Contrato de Trabajo (texto actualizado) — Art. 245 indemnización por despido sin justa causa, Arts. 231-233 preaviso, Art. 123 SAC proporcional, Arts. 150-156 vacaciones
- Ley 27.802 de Modernización Laboral (2026) — Reforma del Art. 245 LCT: nueva base de cálculo, exclusión de conceptos no mensuales, piso del 67% y creación del Fondo de Asistencia Laboral
- Ley 25.323 de Indemnizaciones Laborales — Duplicación de indemnización por empleo no registrado (Art. 1) y recargo del 50% por falta de pago que obliga a iniciar acciones judiciales (Art. 2)
- Topes Indemnizatorios — Ministerio de Capital Humano: base de datos oficial con los topes por convenio colectivo de trabajo según Art. 245 LCT
- Ley Simple: Despido — Guía oficial del Gobierno argentino sobre derechos del trabajador despedido: indemnización, preaviso, integración del mes e items de liquidación final
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