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Calculadora de alquilar o comprar

Compara el coste total de alquilar frente a comprar en los años que piensas quedarte y encuentra el año de equilibrio. Cuenta el ITP y los gastos fijos de tu comunidad autónoma, el IBI, el mantenimiento, la comunidad, la plusvalía municipal y lo que rentaría el dinero de la entrada invertido.

Fija los gastos de compra y venta, los impuestos recurrentes y el régimen fiscal. Después puedes cambiar cualquier cifra: el país solo las rellena.

El impuesto de la compra lo legisla tu territorio, no el Estado. Va del 3 % en Ceuta y Melilla —el 6 % estatal con su bonificación del 50 %— y el 4 % de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa, al 6 % de Madrid y Navarra, hasta la escala catalana que llega al 13 %.

EUR

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EUR

años

Qué esperas que pase

Estas cuatro hipótesis deciden la respuesta. Cambia una y mira cómo se mueve el veredicto.

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Lo que renta el dinero que no inmovilizas en una casa. Mueve este primero: en el rango plausible cambia la respuesta más que el tipo de la hipoteca.

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Se aplica al seguro y a la cuota de comunidad. No a la renta: el alquiler tiene su propio crecimiento arriba.

Lo que cuesta ser propietario — IBI 0,4 %, mantenimiento 1 %, 5 % al vender

%

Porcentaje del valor de MERCADO de la vivienda, cada año. El IBI es el 0,4–1,10 % del valor catastral, que a su vez va bastante por debajo del de mercado, así que el equivalente sobre el precio real es más o menos la mitad del tipo de tu recibo.

EUR /año

%

Porcentaje del valor de la vivienda, cada año. La regla clásica es el 1 %; el rango honesto es 1–2 % una vez cuentas el tejado que cambias una vez.

EUR /mes

%

El impuesto de la compra, en porcentaje del precio. El ITP va del 6 % en Madrid al 13 % del tramo alto catalán; la obra nueva paga 10 % de IVA más 0,5–1,5 % de AJD.

EUR

Notaría y Registro de la Propiedad (los dos son aranceles publicados sobre el valor), gestoría y tasación. Unos 1.300 € en un piso de 210.000 € y 1.500 € en uno de 400.000: apenas se mueve mientras el ITP se mueve en miles.

%

Comisión de la agencia en porcentaje del precio de venta. En España lo habitual es 3–5 % más IVA, y no hay tarifa regulada.

EUR

Solo el SUELO, que viene en tu recibo del IBI — no la construcción, y bastante por debajo del valor de mercado.

EUR

Cancelar la hipoteca y el certificado energético. La plusvalía municipal va aparte, porque depende de los años de tenencia.

%

El tipo que aplica tu ayuntamiento. La ley lo topa en el 30 % y las capitales están cerca del tope. El coeficiente legal no es una recta: hace pico en 0,20 hacia los siete años, baja a 0,09 entre los doce y los quince, y salta a 0,40 a los veinte o más.

Lo que cuesta alquilar — un mes de fianza, seguro y gastos de entrada

EUR /mes

meses

EUR

Impuesto sobre la ganancia — 21 %

La ganancia queda exenta cuando el importe va a otra vivienda habitual (art. 38 LIRPF). Las ganancias de tu cartera siguen tributando.

%

El tipo sobre la ganancia: la de la venta y la de la cartera. La escala del ahorro del IRPF va 19 % / 21 % / 23 % / 27 % / 30 % según el tamaño de la ganancia.

Comprar va por delante a los 7 años

26.926 €

Comprar 100.623 € frente a alquilar 73.697 € — patrimonio construido desde el mismo dinero de partida

Punto de equilibrio

3 años y 8 meses

La respuesta con la que abre esta página: comprar adelanta a alquilar en el mes 44, contando el 5 % que tu entrada habría rentado invertida.

Equilibrio de caja

2 años y 9 meses

Solo dinero que entra y dinero que sale, sin contar rentabilidad de la inversión en ninguno de los dos lados.

Este es el número que publica la mayoría de calculadoras. La tarjeta de al lado hace la misma comparación sumando el 5 % que tu entrada habría rentado, y esa es la que responde esta página.

Diferencia de coste mensual, primer mes

4 €

969 € de propietario frente a 965 € de alquiler, antes de cualquier efecto fiscal.

Ser propietario cuesta 4 € más al mes al principio: esa diferencia es la que invierte el inquilino.

Patrimonio en la vivienda a los 7 años

95.315 €

258.274 € de valor, menos 140.723 € que sigues debiendo y 15.314 € de gastos de venta.

Menos 6922 € de impuesto sobre la ganancia que pasa de la exención de 500.000 €.

Lo que paga el propietario el primer mes

969 € al mes

72 % 18 %
  • Capital e intereses 699 € · 72 %
  • Impuesto sobre la propiedad 70 € · 7 %
  • Seguro 25 € · 3 %
  • Mantenimiento 175 € · 18 %

Patrimonio neto, si compras y si alquilas

En 30 años el patrimonio del comprador pasa de 39.151 € al cierre del primer año a 637.803 €, y el del inquilino de 58.169 € a 200.448 €. Las dos líneas se cruzan a los 3 años y 8 meses, que es el punto de equilibrio.

  • Si compras
  • Si alquilas

Un punto por año, al cierre del año. Donde se cruzan las dos líneas es donde comprar adelanta a alquilar.

Ratio precio-alquiler de 18,4. Por debajo de 15 suele favorecer comprar y por encima de 20 suele favorecer alquilar — una regla del pulgar que ignora el tipo de tu hipoteca, y esta página no.

La comparación corre los 30 años completos sea cual sea el plazo de tu hipoteca, y supone que vendes al final de los 7 años que has puesto.

Dónde fue el dinero en 7 años

Concepto Si compras Si alquilas
Desembolso inicial 55.898 € 950 €
Gastos de vivienda en 7 años 83.929 € 88.731 €
Ahorro en el impuesto sobre la renta 0 € 0 €
Salida total de caja 139.827 € 89.681 €
Diferencia invertida al 5 % 5416 € 77.452 €
Impuesto sobre las ganancias de la cartera -7030 € -4705 €
Fianza devuelta 0 € 950 €
Valor de la vivienda al vender 258.274 € 0 €
Gastos de venta -15.314 € 0 €
Hipoteca pendiente -140.723 € 0 €
Patrimonio neto a los 7 años 100.623 € 73.697 €

Las dos columnas suman en la última fila. La diferencia de caja se invierte al 5 % en el lado que ese mes paga menos.

Año por año, los 30 años

Año Si compras Si alquilas Compra − alquiler Patrimonio en la vivienda
1 39.151 € 58.169 € -19.018 € 39.151 €
2 49.241 € 60.452 € -11.211 € 49.088 €
3 58.487 € 62.849 € -4362 € 57.914 €
4 68.091 € 65.366 € 2725 € 66.813 €
5 78.269 € 68.008 € 10.261 € 75.981 €
6 89.129 € 70.783 € 18.346 € 85.505 €
7 100.623 € 73.697 € 26.926 € 95.315 €
8 112.940 € 76.757 € 36.183 € 105.578 €
9 126.190 € 79.969 € 46.221 € 116.379 €
10 140.095 € 83.342 € 56.753 € 127.414 €
11 154.691 € 86.884 € 67.807 € 138.691 €
12 170.017 € 90.602 € 79.415 € 150.220 €
13 186.110 € 94.506 € 91.604 € 162.009 €
14 203.096 € 98.606 € 104.490 € 174.150 €
15 221.014 € 102.911 € 118.103 € 186.650 €
16 239.839 € 107.432 € 132.407 € 199.446 €
17 259.534 € 112.178 € 147.356 € 212.464 €
18 280.236 € 117.161 € 163.075 € 225.799 €
19 301.916 € 122.393 € 179.523 € 239.381 €
20 323.920 € 127.888 € 196.032 € 252.512 €
21 348.522 € 133.656 € 214.866 € 267.418 €
22 374.439 € 139.714 € 234.725 € 282.766 €
23 401.739 € 146.074 € 255.665 € 298.570 €
24 430.490 € 152.752 € 277.738 € 314.845 €
25 460.763 € 159.764 € 300.999 € 331.602 €
26 492.639 € 167.127 € 325.512 € 348.860 €
27 526.195 € 174.858 € 351.337 € 366.630 €
28 561.515 € 182.975 € 378.540 € 384.929 €
29 598.686 € 191.499 € 407.187 € 403.772 €
30 637.803 € 200.448 € 437.355 € 423.173 €

Patrimonio neto al cierre de cada año. Una cifra positiva en «Compra − alquiler» significa que comprar va por delante. Tu propio horizonte, el año 7, está marcado.

Qué mueve la respuesta

  • Rentabilidad de la inversión — 3 %: 3 años y 3 meses. 7 %: 4 años y 3 meses.
  • Revalorización de la vivienda — 2 %: 4 años y 8 meses. 4 %: 3 años.
  • Renta mensual — 855 €: 4 años y 5 meses. 1045 €: 3 años y un mes.
  • Tipo de la hipoteca — 1,9 %: 2 años y 11 meses. 3,9 %: 4 años y 9 meses.
  • Gastos de venta — 3 %: 3 años y 2 meses. 7 %: 4 años y 2 meses.
  • Entrada — 10 %: 3 años y 6 meses. 30 %: 3 años y 9 meses.

Una entrada a la vez, todo lo demás exactamente como lo has dejado.

El dinero se redondea a la unidad en todo lo que se muestra, y los totales son la suma de esas partes ya redondeadas, así que cada columna cuadra tal como se imprime. El modelo mes a mes corre sin redondear, y el equilibrio se da en meses enteros.

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Ver el cuadro completo de la cuota y la amortización

Esta calculadora es solo para fines informativos. No constituye asesoramiento financiero.

Calculadora de alquilar o comprar. El año en que comprar adelanta al alquiler, con los impuestos de tu comunidad.

Una calculadora de alquilar o comprar busca el mes en que el patrimonio del comprador supera al del inquilino que invierte la entrada. Esta página publica dos respuestas juntas: el punto de equilibrio, que cuenta lo que rentaría ese dinero invertido, y el equilibrio de caja, que no lo cuenta y llega antes.

Qué mide el punto de equilibrio entre alquilar y comprar

El punto de equilibrio entre alquilar y comprar es el mes en que el patrimonio neto del comprador supera al del inquilino, suponiendo que el inquilino invierte la entrada y añade cada mes a esa misma cuenta la diferencia de coste. Los valores con los que abre la página son españoles: un piso de 210.000 € en la Comunidad de Madrid, un 20 % de entrada, una hipoteca al 2,9 % — el tipo medio de los nuevos préstamos para vivienda que recoge el Banco de España — y 950 € de alquiler. Con ellos ese mes es el 44, y la tarjeta «Punto de equilibrio» lee 3 años y 8 meses.
Al lado hay una segunda tarjeta, «Equilibrio de caja», que dice 2 años y 9 meses. Es la misma comparación con la rentabilidad apagada en los dos lados: dinero que sale, dinero que entra y la venta al final. Los once meses que las separan son lo que habrían rentado los 55.898 € del desembolso inicial al 5 % anual, el valor que trae el campo «Rentabilidad de la inversión», mientras estaban metidos en el piso. Las dos cifras son correctas y contestan a preguntas distintas, la de tu cuenta corriente y la de tu patrimonio, y la página las deja juntas en vez de elegir por ti. Tres de las herramientas en español que esta página revisa acaban sin nombrar ningún año de equilibrio: la de finanzasparatodos.es termina en un campo llamado «Total», la de Omni Calculator en español acaba en cuatro totales de coste y la de La Hormiga Capitalista en un cuadro de patrimonio frente a liquidez.
El campo que mueve esa respuesta más que casi ningún otro está arriba del formulario, en «Comunidad autónoma». El impuesto de la compra lo legisla la comunidad, no el Estado: sobre el mismo piso de 210.000 €, Madrid cobra un 6 % (12.600 €) y Cataluña un 10 % (21.000 €). Con todo lo demás idéntico, el equilibrio se va de 3 años 8 meses a 5 años 0 meses: son dieciséis meses de diferencia decididos por el código postal.
El comprador, en cambio, acaba igual en las dos. A los 7 años su patrimonio es de 100.623 € en Madrid y de 100.623 € en Cataluña, porque el impuesto se paga una vez, no cambia el piso ni la hipoteca y ya está descontado del desembolso. Lo que cambia es el otro lado: el inquilino catalán arranca con 8.400 € más en la cuenta de inversión, así que a los 7 años tiene 84.799 € frente a los 73.697 € del madrileño.
Lo habitual en las herramientas españolas es preguntar un porcentaje único de gastos de compra para todo el país. La herramienta «Comprar o alquilar» de finanzasparatodos.es tiene un campo llamado «Gastos de compra (%)» y ningún selector de comunidad. Gibobs los cifra entre el 10 % y el 12 % del precio, metiendo en esa sola cifra impuestos, notaría, registro, tasación y gestoría. Tu Primera Hipoteca usa el mismo 10-12 % y sitúa el umbral de rentabilidad en 3-5 años como regla general. La calculadora de Omni Calculator en español no pregunta ni comunidad ni ITP ni IBI, y sus valores por defecto son los tipos hipotecarios de Estados Unidos. Simuloo es la excepción del grupo, y hay que contarla entera: pregunta la comunidad autónoma, ofrece invertir la diferencia y publica un «punto de equilibrio» en años, con ese mismo nombre. Lo que su formulario no pide es el valor catastral del suelo, el tipo de la plusvalía ni el IRPF de la venta, que es la capa con la que aquí se cierra la operación.
Un porcentaje único para toda España no es una simplificación pequeña. Entre el 6 % madrileño y el 10 % catalán hay 8.400 € en un piso de 210.000 €, y seis comunidades aplican una escala por tramos en vez de un tipo plano, así que su tipo efectivo sube con el precio. La tabla de aquí abajo lo tiene resuelto a tres precios, comunidad a comunidad.
Los gastos fijos van por otra vía. Notaría y Registro de la Propiedad son aranceles publicados — el Real Decreto 1426/1989 y el Real Decreto 1427/1989, los dos con una rebaja obligatoria del 5 % — y la calculadora los deriva de esas escalas en vez de redondear a un número bonito. Salen 1.298 € en un piso de 210.000 € y 1.473 € en uno de 400.000. Es la parte de la factura que casi no se mueve: de 120.000 € a 700.000 € de precio los gastos fijos pasan de 1.182 € a 1.715 €, mientras el ITP madrileño pasa de 7.200 € a 42.000 €.
Hay dos cosas que las comparaciones mezclan y que aquí van separadas. La primera: no hay deducción por los intereses de la hipoteca. La Ley 16/2012 «suprimió, con efectos desde 1 de enero de 2013, la deducción por inversión en vivienda habitual», en palabras del manual del IRPF de la Agencia Tributaria, y solo sigue viva en régimen transitorio para quien compró antes de esa fecha y ya la venía aplicando. El modelo no acredita ni un euro por ese concepto. La segunda: la ganancia de la venta sí tributa. A los 7 años, con el piso vendido en 258.274 €, la calculadora carga 6.922 € de IRPF de la venta, además de 15.314 € de gastos de venta en los que van 2.000 € de plusvalía municipal.
La plusvalía municipal se cobra por una vía propia, y el año en que vendas mueve esa factura más que la ganancia que hagas. Su base es el valor catastral del suelo multiplicado por un coeficiente que depende de los años de tenencia (art. 107.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales), y sobre esa base cae el tipo que fije el ayuntamiento, topado por ley en el 30 %. Los coeficientes suben y bajan por tramos: 0,20 a los siete años, 0,12 a los diez, 0,09 entre los doce y los quince, y un salto a 0,40 a partir de los veinte. En el estado por defecto eso son 2.000 € de plusvalía si vendes a los 7 años, 900 € si vendes a los 15 y 4.000 € si vendes a los 20. Vender más tarde, con más ganancia acumulada, puede costar cuatro veces más de plusvalía que vender antes.
Un aviso sobre esas cifras, porque hubo un intento de cambiarlas: la actualización de los coeficientes que traía el Real Decreto-ley 16/2025 con efectos desde el 1 de enero de 2026 quedó derogada al no convalidarla el Congreso, y el acuerdo se publicó el 28 de enero de 2026. Los vigentes, y los que usa esta calculadora, son los del texto consolidado.
La página imprime además el ratio precio-alquiler — el PER inmobiliario — que con los valores por defecto es 18,4: 210.000 € entre 11.400 € de alquiler anual. La regla del pulgar dice que por debajo de 15 conviene comprar y por encima de 20 conviene alquilar, así que 18,4 cae justo en la franja donde la regla calla, y aun así el equilibrio madrileño llega a los 3 años 8 meses. Si lo que buscas es la cuota y el cuadro de amortización en lugar de la comparación, la calculadora de hipoteca es el camino corto.

El ITP efectivo por comunidad autónoma, a tres precios

Comunidad autónomaPiso de 150.000 €Piso de 400.000 €Piso de 900.000 €
Andalucía7 % (10.500 €)7 % (28.000 €)7 % (63.000 €)
Aragón8 % (12.000 €)8 % (32.000 €)8,83 % (79.500 €)
Principado de Asturias8 % (12.000 €)8,25 % (33.000 €)9,11 % (82.000 €)
Illes Balears8 % (12.000 €)8 % (32.000 €)8,89 % (80.000 €)
Canarias6,5 % (9.750 €)6,5 % (26.000 €)6,5 % (58.500 €)
Cantabria9 % (13.500 €)9 % (36.000 €)9 % (81.000 €)
Castilla-La Mancha9 % (13.500 €)9 % (36.000 €)9 % (81.000 €)
Castilla y León8 % (12.000 €)8,75 % (35.000 €)9,44 % (85.000 €)
Cataluña10 % (15.000 €)10 % (40.000 €)10,33 % (93.000 €)
Extremadura8 % (12.000 €)8,2 % (32.800 €)9,53 % (85.800 €)
Galicia8 % (12.000 €)8 % (32.000 €)8 % (72.000 €)
Comunidad de Madrid6 % (9.000 €)6 % (24.000 €)6 % (54.000 €)
Región de Murcia7,75 % (11.625 €)7,75 % (31.000 €)7,75 % (69.750 €)
La Rioja7 % (10.500 €)7 % (28.000 €)7 % (63.000 €)
Comunitat Valenciana9 % (13.500 €)9 % (36.000 €)9 % (81.000 €)

Cómo usar la calculadora de alquilar o comprar

El formulario empieza por lo que en España decide el resto: «País» y «Comunidad autónoma». Cambiar la comunidad reescribe «Impuesto de la compra», y la moneda sigue al país que elijas, no al idioma en que lees.
1. País y comunidad autónoma. El desplegable rellena el 6 % de Madrid, el 6,5 % de Canarias, el 7 % de Andalucía, el 9 % de Cantabria o la escala catalana. Si te aplica un tipo reducido, o si la vivienda es obra nueva, escribe el porcentaje a mano.
2. Precio, entrada, tipo de la hipoteca y alquiler mensual. Cuatro números deciden la mayor parte de la respuesta. El alquiler tiene que ser el de la vivienda que tomarías en lugar de la que compras: comparar un piso de tres habitaciones con un estudio es la vía más rápida a un equilibrio falso.
3. Los años que piensas quedarte. Mueven el veredicto, el patrimonio en la vivienda, la fila marcada de la tabla año por año y todo el libro mayor, y no tocan ninguno de los dos equilibrios: el cruce es una propiedad de tus supuestos, no de tus planes.
4. «Qué esperas que pase». Este bloque no se pliega, y su propio texto dice por qué: «Estas cuatro hipótesis deciden la respuesta». Son «La vivienda se revaloriza», «La renta sube», «Rentabilidad de la inversión» e «Inflación», que mueve el seguro y la cuota de comunidad pero nunca la renta. «Rentabilidad de la inversión» viene al 5 %, es lo único que separa las dos tarjetas de equilibrio, y su ayuda pide moverlo antes que ningún otro campo porque en el rango plausible cambia la respuesta más que el tipo de la hipoteca.
5. «Lo que cuesta ser propietario». Aquí van el IBI como porcentaje del valor de mercado de la vivienda, el seguro del hogar, el mantenimiento, la cuota de la comunidad, el plazo del préstamo y los gastos de la compraventa por los dos extremos. Los «Gastos fijos al comprar» los deriva la calculadora de los aranceles publicados: unos 1.300 € en un piso de 210.000 € y unos 1.500 € en uno de 400.000.
6. «Lo que cuesta alquilar». El seguro del inquilino, la fianza en meses de renta — la Ley de Arrendamientos Urbanos fija una mensualidad en arrendamiento de vivienda — y cualquier gasto de entrada. La fianza vuelve al final por el lado del alquiler, y por eso aparece dos veces en el libro mayor.
7. Los campos que solo existen en la versión española. «Valor catastral del suelo» y «Tipo de la plusvalía» viven dentro de «Lo que cuesta ser propietario», junto a los gastos de venta: el primero viene desglosado en tu recibo del IBI y el segundo en la ordenanza de tu ayuntamiento. El bloque fiscal, «Impuesto sobre la ganancia», guarda dos cosas distintas: el tipo que se aplica a la ganancia — el mismo para la de la venta y para la de tu cartera, y un campo que existe en todas las versiones — y el interruptor «Reinvertir en otra vivienda habitual», que pone a cero el IRPF de la venta y solo aparece aquí. Ese interruptor, los dos campos de la plusvalía y la comunidad autónoma del primer paso son los cuatro controles que la versión española añade.
Las tarjetas leen la respuesta. El veredicto nombra al ganador y el importe («Comprar va por delante a los 7 años»). «Punto de equilibrio» y «Equilibrio de caja» van uno al lado del otro, el primero contando la rentabilidad de la entrada y el segundo ignorándola. Después, la diferencia de coste del primer mes — 969 € el propietario contra 965 € el inquilino con los valores por defecto —, el patrimonio en la vivienda con el desglose de la venta, y una barra con «Lo que paga el propietario el primer mes».
Debajo vienen el gráfico «Patrimonio neto, si compras y si alquilas» con los treinta años completos y el cruce a la vista, el libro mayor «Dónde fue el dinero en 7 años», la tabla «Año por año, los 30 años» con tu horizonte marcado, y el plegable «Qué mueve la respuesta», que vuelve a ejecutar el modelo moviendo seis campos de uno en uno alrededor del estado en que estés. La página imprime también el ratio precio-alquiler y el aviso de que la comparación corre los 30 años completos sea cual sea el plazo de tu hipoteca.
Lo que cambies respecto de los valores por defecto viaja en la dirección de la página, así que un enlace reabre el escenario tal y como lo dejaste. Y si lo que quieres es mirar solo el lado de la inversión, qué haría ese dinero fuera del piso, la calculadora de interés compuesto lo aísla con los aportes y la frecuencia de capitalización como controles propios.

Ejemplos resueltos con los números de la calculadora

El estado por defecto: 210.000 € en Madrid contra 950 € de alquiler

No toques nada. Un piso de 210.000 € en la Comunidad de Madrid — unos 91 m² al valor tasado medio de la vivienda libre que recoge el boletín inmobiliario del Banco de España, 2.316 €/m² en el primer trimestre de 2026 — con un 20 % de entrada, una hipoteca al 2,9 %, siete años de horizonte y 950 € de alquiler.
El desembolso inicial es de 55.898 €: 42.000 € de entrada, 12.600 € de ITP al 6 % y 1.298 € de gastos fijos derivados de los aranceles de notaría y registro. El primer mes el propietario paga 969 € y el inquilino 965 €, así que la brecha mensual es de 4 €. Casi todo el peso del cálculo está, entonces, en el desembolso del principio y en la venta del final, no en la cuota.
El punto de equilibrio cae en el mes 44, que la tarjeta lee como 3 años y 8 meses; el equilibrio de caja, en el mes 33, 2 años y 9 meses. A los siete años el comprador vale 100.623 € y el inquilino 73.697 €, de modo que comprar va por delante por 26.926 €. La venta de ese año se cierra en 258.274 €, con 15.314 € de gastos de venta (2.000 € de ellos de plusvalía municipal), 6.922 € de IRPF y 140.723 € de hipoteca pendiente.

El mismo piso en Cataluña: 8.400 € más de impuesto, dieciséis meses más de espera

Cambia solo la comunidad autónoma. El ITP pasa del 6 % al 10 %, de 12.600 € a 21.000 €, y el desembolso inicial de 55.898 € a 64.298 €.
El punto de equilibrio se va del mes 44 al 60: de 3 años 8 meses a 5 años 0 meses. El equilibrio de caja también se retrasa, del mes 33 al 44. Y a los siete años la ventaja de comprar se recorta de 26.926 € a 15.824 €.
En la contabilidad del modelo ese impuesto extra no aparece en el lado del comprador. El comprador catalán tiene exactamente el mismo patrimonio que el madrileño a los siete años, 100.623 €, porque el impuesto se pagó una vez y no cambió ni el piso ni el préstamo. El que mejora es el inquilino: arranca con 8.400 € más invertidos y a los siete años tiene 84.799 € en lugar de 73.697 €. Los cuatro puntos de ITP se cobran íntegramente sobre la alternativa, no sobre la compra.

Cinco comunidades, el mismo piso, cinco respuestas distintas

Mismos 210.000 €, misma entrada, mismo tipo, mismo alquiler y mismos siete años. Solo cambia el desplegable de comunidad autónoma.
Comunidad autónomaITP sobre 210.000 €Desembolso inicialPunto de equilibrioVentaja de comprar a 7 años
Comunidad de Madrid6 % (12.600 €)55.898 €3 años 8 meses26.926 €
Canarias6,5 % (13.650 €)56.948 €3 años 10 meses25.538 €
Andalucía7 % (14.700 €)57.998 €4 años 0 meses24.151 €
Cantabria9 % (18.900 €)62.198 €4 años 8 meses18.600 €
Cataluña10 % (21.000 €)64.298 €5 años 0 meses15.824 €
Cuatro puntos de ITP, de Madrid a Cataluña, valen dieciséis meses de espera y once mil euros de ventaja. Ninguna de las herramientas que piden un porcentaje único de gastos de compra puede enseñar esta tabla, porque su formulario no sabe en qué comunidad estás.

Cuándo vender importa, y la plusvalía municipal no crece con los años

Los valores por defecto de Madrid, moviendo únicamente el horizonte. La calculadora supone que vendes al final del plazo que hayas puesto, así que el año de la venta cambia el coeficiente legal de la plusvalía.
Años en la viviendaQuién va por delanteCoeficiente de la plusvalíaPlusvalía municipalIRPF de la venta
3 añosAlquilar, por 4.362 €0,141.400 €1.302 €
5 añosComprar, por 10.261 €0,181.800 €4.006 €
7 añosComprar, por 26.926 €0,202.000 €6.922 €
10 añosComprar, por 56.753 €0,121.200 €11.867 €
15 añosComprar, por 118.103 €0,09900 €20.898 €
20 añosComprar, por 196.032 €0,404.000 €30.643 €
30 añosComprar, por 437.355 €0,404.000 €56.666 €
La columna del IRPF sube sin pausa, porque la ganancia crece. La de la plusvalía municipal hace pico a los siete años, toca fondo entre los doce y los quince, y a partir de los veinte se multiplica por más de cuatro. Vender a los quince años cuesta 900 € de plusvalía; vender a los veinte, con más ganancia y más antigüedad, cuesta 4.000 €. Es el único tramo del cálculo donde esperar más te sale más caro por ley.

Reinvertir en otra vivienda habitual: 6.922 € de IRPF que desaparecen

Vuelve a los siete años en Madrid y activa «Reinvertir en otra vivienda habitual».
El IRPF de la venta pasa de 6.922 € a 0 €. Como ese importe se queda en el patrimonio del comprador, la ventaja de comprar sube de 26.926 € a 33.848 € — exactamente los 6.922 € del impuesto — y el punto de equilibrio se adelanta del mes 44 al 41: de 3 años 8 meses a 3 años 5 meses.
La exención vive en el art. 38 de la Ley del IRPF. La Agencia Tributaria fija el plazo de reinversión en «un período no superior a dos años», que puede correr hacia atrás y hacia delante desde la venta, y advierte de que si el importe reinvertido es inferior al total obtenido «solamente se excluirá de gravamen la parte proporcional de la ganancia patrimonial». El interruptor no toca la cartera de inversión: las ganancias de tus fondos siguen tributando en los dos escenarios.

El modelo, mes a mes

equilibrio=min{m  :  PNcompra(m)PNalquiler(m)}\text{equilibrio} = \min\{\, m \;:\; PN_{\text{compra}}(m) \ge PN_{\text{alquiler}}(m) \,\}
  • mm = Mes, del 1 al 360. La comparación corre los 30 años completos sea cual sea el plazo de tu hipoteca o el horizonte que hayas puesto
  • PP = Precio de la vivienda, antes de impuestos y gastos
  • EE = Entrada: la parte del precio que pones de tu bolsillo
  • tITPt_{ITP} = Impuesto de la compra en porcentaje del precio: el ITP de tu comunidad en segunda mano, o el 10 % de IVA más el AJD en obra nueva
  • GG = Gastos fijos de la compra: aranceles de notaría y de registro, gestoría y tasación, con el IVA incluido
  • LL = Capital de la hipoteca: el precio menos la entrada
  • B(m)B(m) = Capital pendiente en el mes m, tomado del cuadro de amortización
  • V(m)V(m) = Valor de la vivienda en el mes m: el precio revalorizado al tipo anual que hayas puesto
  • VCsueloVC_{\text{suelo}} = Valor catastral del suelo, el que viene desglosado en el recibo del IBI. Solo el suelo, no la construcción
  • k(n)k(n) = Coeficiente legal de la plusvalía municipal para n años de tenencia, según el art. 107.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
  • tIIVTNUt_{IIVTNU} = Tipo de la plusvalía que aplica tu ayuntamiento, topado por el art. 108.1 en el 30 %
  • cvc_v = Gastos de venta en porcentaje del precio de venta, básicamente la comisión de la agencia, que en España no tiene tarifa regulada
  • GvG_v = Gastos fijos de venta: cancelar la hipoteca y el certificado energético, un importe que no depende del precio
  • tIRPFt_{IRPF} = Tipo del IRPF del ahorro que aplicas a la ganancia, tanto a la de la venta como a la de tu cartera
  • rr = Rentabilidad anual del dinero que el lado más barato no está gastando
  • gg = Rentabilidad mensual, derivada de la anual en vez de dividida entre doce
  • Π\Pi = Cuenta de inversión. Hay dos, una por lado, y cada una arrastra su propio coste de adquisición
El desembolso inicial suma tres cosas: la entrada, el impuesto de la compra y los gastos fijos.
desembolso=E+tITPP+G\text{desembolso} = E + t_{ITP}\,P + G
Con los valores por defecto en Madrid: 42.000 € de entrada, 12.600 € de ITP y 1.298 € de gastos fijos, total 55.898 €. La misma línea en Cataluña da 64.298 €, y esos 8.400 € de diferencia son lo que el inquilino catalán tiene de más para invertir desde el primer mes.
Los aranceles de notaría y de registro son escalas sobre el valor, no porcentajes. Las dos arrancan en un tramo fijo — 90,151816 € el notario y 24,040484 € el registrador, para valores que no pasen de 6.010,12 € — y las dos llevan una rebaja obligatoria del 5 % que ordenan sus respectivos reales decretos. A eso se le suman el IVA, la gestoría y la tasación. El resultado es una curva muy plana: 1.182 € en un piso de 120.000 € y 1.715 € en uno de 700.000.
La plusvalía municipal se calcula sobre el suelo y los años de tenencia, con la ganancia real fuera de la fórmula.
IIVTNU=VCsuelo×k(n)×tIIVTNU\text{IIVTNU} = VC_{\text{suelo}} \times k(n) \times t_{IIVTNU}
Como el coeficiente entra multiplicando, la cuota es proporcional a él. En el estado por defecto cada centésima de coeficiente vale 100 €, y por eso el salto de 0,09 a los quince años hasta 0,40 a los veinte multiplica la factura por 4,4, de 900 € a 4.000 €.
El IRPF de la venta se calcula sobre la ganancia con el tipo del ahorro que elijas. La escala española va del 19 % al 30 % según el tamaño de la ganancia, y el modelo aplica un tipo único en vez de recorrer los tramos. Si activas la reinversión en vivienda habitual, esa ganancia queda exenta y la de tu cartera sigue tributando.
La diferencia entre las dos facturas mensuales va a una cuenta de inversión, en el lado que ese mes pague menos, capitalizando a un tipo mensual derivado del anual:
g=(1+r)1/121g = (1+r)^{1/12} - 1
Las dos cuentas nacen con la diferencia de caja inicial: la del inquilino arranca con el desembolso del comprador menos la fianza, y la del comprador arranca en cero. La suya tampoco se queda vacía en el estado español por defecto: su factura de propietario empieza en 969 € contra los 965 € del inquilino, pero el alquiler sube un 3 % cada año y la cuota de la hipoteca no se mueve, así que desde el mes 13 el lado que paga menos es el del comprador, y a los siete años lleva 5.416 € invertidos por esa vía. El patrimonio neto del comprador es la venta que podría hacer ese mes, más su cartera y menos el impuesto de las dos ganancias; el del inquilino es su cartera más la fianza que le devuelven.
PNcompra(m)=V(m)(1cv)GvIIVTNUB(m)IRPFventa+Πcompra(m)IRPFcartera,compraPN_{\text{compra}}(m) = V(m)\,(1 - c_v) - G_v - \text{IIVTNU} - B(m) - \text{IRPF}_{\text{venta}} + \Pi_{\text{compra}}(m) - \text{IRPF}_{\text{cartera,compra}}
PNalquiler(m)=Πalquiler(m)IRPFcartera,alquiler+fianzaPN_{\text{alquiler}}(m) = \Pi_{\text{alquiler}}(m) - \text{IRPF}_{\text{cartera,alquiler}} + \text{fianza}
El punto de equilibrio es el primer mes en que la primera alcanza a la segunda. El equilibrio de caja es la misma desigualdad con las dos carteras fuera: dinero que sale de cada lado contra la venta del final. En el libro mayor el impuesto de la cartera del comprador va sumado al de la venta, en la fila «Impuesto sobre las ganancias de la cartera»: 7.030 € a los siete años, de los que 6.922 € son el IRPF de la venta y 108 € los de su propia cuenta de inversión. Nada se redondea antes de comparar; el redondeo a euros se hace solo al imprimir.

Dónde se tuercen las comparaciones entre alquilar y comprar

  • Leer solo el equilibrio de caja. Con los valores por defecto en Madrid llega en el mes 33, once meses antes que el punto de equilibrio del mes 44. La diferencia es lo que habrían rentado invertidos los 55.898 € del desembolso inicial. Once meses no parecen mucho hasta que tu plan son tres años: con la cifra de caja habrías comprado y con la otra no.
  • Meter un 10 % de gastos de compra igual para toda España. El impuesto lo legisla la comunidad y va del 6 % de Madrid al 10 % de Cataluña. Además, seis comunidades aplican escalas por tramos y su tipo efectivo sube con el precio: Castilla y León cobra un 8 % sobre 150.000 € y un 9,44 % sobre 900.000 €.
  • Buscar el efecto del ITP en la columna del comprador. El impuesto se paga una vez, no cambia el piso ni el préstamo, y el patrimonio del comprador a los siete años es idéntico en las cinco comunidades del ejemplo. Donde aparece es en la columna del inquilino, que empieza a invertir con toda esa cantidad de más. Leer solo el lado del propietario deja el impuesto invisible.
  • Esperar una deducción por los intereses de la hipoteca. La Ley 16/2012 la suprimió con efectos desde el 1 de enero de 2013 y solo sobrevive en régimen transitorio para quien compró antes y ya la venía aplicando. Cualquier comparación que te acredite un ahorro fiscal por los intereses de una compra de hoy se está inventando un beneficio.
  • Dar por hecho que la plusvalía municipal crece con los años de tenencia. El coeficiente legal del art. 107.4 hace pico en el séptimo año, toca fondo entre el doce y el quince y salta a su máximo a partir del veinte, así que el año en que decidas vender puede multiplicar esa factura o dividirla. Ponlo en el horizonte antes de decidir, no después.
  • Confundir el valor catastral del suelo con el de mercado, o con el valor catastral total. El campo pide solo el suelo, que viene desglosado en el recibo del IBI y va bastante por debajo de lo que vale la vivienda. Poner ahí el precio de compra multiplica la plusvalía y empuja el equilibrio hacia el alquiler sin motivo.
  • Comparar un piso que comprarías con un alquiler que no firmarías. Con los valores por defecto la brecha mensual es de 4 € (969 € el propietario contra 965 € el inquilino), así que un error de cincuenta euros en la renta es más de diez veces la brecha que sostiene el resto del cálculo. La renta que pongas tiene que ser la de la vivienda que tomarías en lugar de la que compras.
  • Tratar el ratio precio-alquiler como un veredicto. El ratio es el mismo 18,4 en las cinco comunidades del ejemplo, porque solo divide el precio entre un año de alquiler, y sin embargo el equilibrio va de 3 años 8 meses a 5 años. Un indicador que no sabe qué impuesto pagas al comprar no puede resolver la decisión de comprar.

Los términos que aparecen en el formulario

ITP (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales)

El impuesto que se paga al comprar vivienda de segunda mano. Lo legisla cada comunidad autónoma: va del 6 % en la Comunidad de Madrid al 10 % en Cataluña, y seis comunidades lo aplican por tramos en vez de con un tipo plano, de modo que su tipo efectivo cambia con el precio. La escala catalana sigue subiendo por encima de los precios de la tabla de esta página, hasta el 13 % de su tramo más alto.

AJD (Actos Jurídicos Documentados)

El impuesto que grava la escritura pública. En obra nueva se suma al 10 % de IVA en lugar del ITP, y la ayuda de la propia calculadora lo sitúa entre el 0,5 % y el 1,5 %, un tipo que también fija cada comunidad.

IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles)

El impuesto municipal anual sobre la propiedad. El art. 72.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales lo fija entre el 0,4 % y el 1,10 % del valor catastral en urbana. Como el valor catastral va por debajo del de mercado, el equivalente sobre el precio real ronda la mitad del tipo de tu recibo, y eso es lo que pide el campo.

Plusvalía municipal (IIVTNU)

El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, que paga quien vende. Por el método del art. 107.4, la base es el valor catastral del suelo multiplicado por un coeficiente que depende de los años de tenencia, y el tipo lo pone el ayuntamiento con el tope legal del 30 % del art. 108.1.

Valor catastral del suelo

La parte de suelo del valor catastral, la cifra que el recibo del IBI desglosa aparte de la construcción. Es la única que entra en la plusvalía municipal, y la ayuda del propio campo avisa de que queda bastante por debajo del valor de mercado.

Exención por reinversión en vivienda habitual

El art. 38 de la Ley del IRPF deja exenta la ganancia obtenida al vender la vivienda habitual cuando el importe se reinvierte en otra vivienda habitual. La Agencia Tributaria fija el plazo en dos años y, si la reinversión es parcial, exime solo la parte proporcional de la ganancia.

Ratio precio-alquiler (PER inmobiliario)

El precio de la vivienda dividido entre un año de alquiler. Con los valores por defecto son 18,4. La regla del pulgar coloca los cortes en 15 y en 20, y no incorpora ni el tipo de la hipoteca ni los impuestos de la compra.

Arancel notarial y registral

La tarifa oficial que cobran notarios y registradores de la propiedad, aprobada por el Real Decreto 1426/1989 y el Real Decreto 1427/1989. Las dos son escalas sobre el valor, arrancan en 90,151816 € y 24,040484 € para valores que no pasen de 6.010,12 €, y las dos llevan una rebaja obligatoria del 5 %.


Lo que este modelo no hace

Solo tipos generales del ITP. Cada comunidad tiene tipos reducidos — jóvenes, familias numerosas, personas con discapacidad, vivienda protegida, municipios en riesgo de despoblación — y la calculadora no modela ninguno. Si te aplica una reducción, escribe el porcentaje a mano en «Impuesto de la compra». El selector cubre los veintiún territorios: las quince comunidades de régimen común, los cuatro forales — Araba, Bizkaia, Gipuzkoa y Navarra — y las dos ciudades autónomas, cada uno con su propia norma. Ceuta y Melilla van al 3 %, que es el 6 % estatal con la bonificación del 50 % que les conserva la ley. La tabla de esta página se detiene en 900.000 €, y por encima de ese precio aparece una forma de impuesto que no se ve en ella: la Comunitat Valenciana es un caso aparte, porque su 9 % salta al 11 % sobre el valor total, no sobre el exceso, cuando la compra pasa del millón de euros, así que ahí el impuesto da un salto de más de veinte mil euros de golpe.
Cada tipo del formulario es un solo número que aguanta treinta años. El 2,9 % del ejemplo es la media de los nuevos préstamos para vivienda de julio de 2026: vale como punto de partida para una hipoteca a tipo fijo, y describe mal una a tipo variable, cuyo tipo se revisa periódicamente contra su índice de referencia. Con el alquiler pasa algo parecido: la página lo sube un 3 % todos los años, cuando una renta real se mueve en la fecha de revisión del contrato y da su salto grande el día en que se firma otro a precio de mercado. Un modelo de tipos constantes se usa bien ejecutándolo dos veces, con la hipótesis pesimista y con la optimista, y leyendo el par como respuesta.
La fiscalidad va simplificada en tres puntos. El IRPF de la ganancia usa un tipo único en lugar de recorrer la escala del ahorro, que va 19 %, 21 %, 23 %, 27 % y 30 % según el tamaño de la ganancia. No hay deducciones autonómicas por vivienda ni régimen transitorio de la deducción estatal suprimida en 2013. Y la plusvalía municipal se calcula por el método del valor catastral del suelo del art. 107.4, sin comparar con ningún otro.
Dos cifras del formulario no tienen fuente oficial, y conviene saberlo antes de fiarse de ellas. La comisión de la agencia al vender es libre en España: el porcentaje que trae por defecto es una costumbre de mercado, no una tarifa regulada. Y el alquiler de partida lo tienes que traer tú, porque el INE publica un índice de precios del alquiler, no un nivel en euros.
Fuera del modelo quedan los suministros, la mudanza, el transporte al trabajo y cualquier obra que quieras hacer. Hay dos ausencias que en España pesan más de lo que parece: las derramas de la comunidad de propietarios, que llegan de golpe y caen del lado del propietario, y las revisiones del catastro, que engordan el recibo del IBI sin que la vivienda haya cambiado — la calculadora cobra el IBI como un porcentaje del valor de mercado y lo deja crecer con la vivienda, así que una revisión catastral no le llega por ninguna parte. Poner una constante inventada por cualquiera de las dos movería la respuesta sin mejorarla. La comparación también supone que vendes al final del horizonte que hayas puesto y paga los gastos de venta completos: si tu plan es quedarte, ese gasto nunca llega y comprar sale mejor de lo que dice la página.
Las cifras legales llevan fecha, y este año lo ha dejado claro: la actualización de los coeficientes de la plusvalía que traía el Real Decreto-ley 16/2025, con efectos desde el 1 de enero de 2026, quedó derogada al no convalidarla el Congreso, así que los vigentes vuelven a ser los del texto consolidado y son esos los que aplica la página. Del préstamo se supone lo mismo de principio a fin: sin subrogación, sin novación, sin amortización anticipada y sin revisión del tipo. Esas cuatro son preguntas sobre la estructura de la hipoteca y no sobre cuánto tiempo te quedas, y se responden en la calculadora de hipoteca. Nada de esta página es asesoramiento fiscal ni financiero.

Preguntas frecuentes sobre alquilar o comprar

¿Cuántos años tengo que quedarme para que compense comprar?

Depende de tu comunidad autónoma más que de casi nada. Con los valores por defecto de la página — 210.000 €, 20 % de entrada al 2,9 % y 950 € de alquiler — el punto de equilibrio está en 3 años 8 meses en la Comunidad de Madrid, 3 años 10 meses en Canarias, 4 años en Andalucía, 4 años 8 meses en Cantabria y 5 años en Cataluña. Con la rentabilidad de la inversión apagada, el equilibrio de caja llega entre once y dieciséis meses antes en esas mismas cinco comunidades. Tu cifra va a salir en otro punto: el 2,9 % del formulario es una media de los nuevos préstamos, el alquiler de partida lo traes tú, y el tipo del ITP baja si te aplica alguna de las reducciones autonómicas por edad o por familia numerosa. Cualquiera de los tres mueve el equilibrio por años, no por meses.

¿Cuánto cambia la respuesta según mi comunidad autónoma?

Sobre el mismo piso de 210.000 €, el impuesto de la compra va de 12.600 € en la Comunidad de Madrid a 21.000 € en Cataluña. Esos 8.400 € retrasan el punto de equilibrio de 3 años 8 meses a 5 años 0 meses y recortan la ventaja de comprar a los siete años de 26.926 € a 15.824 €. Y no es solo el tipo nominal: Aragón, Asturias, Illes Balears, Castilla y León, Cataluña y Extremadura aplican escalas por tramos, así que su tipo efectivo sube con el precio. Castilla y León cobra un 8 % sobre 150.000 € y un 9,44 % sobre 900.000 €.

¿Por qué esta calculadora da dos puntos de equilibrio?

Porque hay dos preguntas. El «Punto de equilibrio» cuenta lo que habría rentado la entrada invertida en otra cosa; el «Equilibrio de caja» solo mira dinero que entra y sale. El segundo llega antes: mes 33 contra mes 44 en el estado por defecto.

¿Me compensa comprar si me voy en cinco años?

Con los valores por defecto, en Madrid con margen y en Cataluña justo en la raya. El equilibrio madrileño está en el mes 44, así que a los cinco años el veredicto lee que comprar va por delante, por 10.261 €. El catalán cae exactamente en el mes 60, el último mes del quinto año: ahí el veredicto también dice comprar, pero por 27 €, una diferencia demasiado pequeña para apoyarse en ella. A tres años la respuesta se da la vuelta incluso en Madrid: el alquiler va por delante por 4.362 €. Los tres primeros años los decide el impuesto de la compra, no la revalorización.

¿Cuánto voy a pagar de plusvalía municipal cuando venda?

Sale del valor catastral del suelo y de los años que hayas tenido la vivienda, no de lo que ganes. Con el estado por defecto son 1.400 € vendiendo a los 3 años, 2.000 € a los 7, 1.200 € a los 10, 900 € a los 15 y 4.000 € a los 20 o más. La curva no es creciente porque el coeficiente legal del art. 107.4 tampoco lo es: sube a 0,20 en el séptimo año, cae a 0,09 entre el doce y el quince y salta a 0,40 a partir del veinte. En plusvalía, los quince años son el momento más barato de los treinta.

¿Puedo deducir los intereses de la hipoteca en el IRPF?

En una compra de hoy, no. La Ley 16/2012 suprimió la deducción por inversión en vivienda habitual con efectos desde el 1 de enero de 2013, y solo queda un régimen transitorio para quien compró antes y ya la aplicaba. La calculadora no acredita nada por ese concepto.

¿Qué pasa si reinvierto el dinero de la venta en otra vivienda habitual?

Activa «Reinvertir en otra vivienda habitual» y el IRPF de la venta se va a cero. En el estado por defecto a siete años eso son 6.922 € que dejan de pagarse: la ventaja de comprar sube de 26.926 € a 33.848 € y el punto de equilibrio se adelanta del mes 44 al 41. La exención está en el art. 38 de la Ley del IRPF; la Agencia Tributaria fija el plazo de reinversión en un período no superior a dos años y, si reinviertes menos del importe total, exime solo la parte proporcional de la ganancia. Las ganancias de tu cartera de inversión siguen tributando en los dos escenarios.

¿Qué pongo en el campo «Valor catastral del suelo»?

La cifra de suelo que aparece desglosada en tu recibo del IBI, no el valor catastral total y no el precio de mercado. Solo se usa para la plusvalía municipal, y la cuota es proporcional: en el estado por defecto cada centésima de coeficiente vale unos 100 €, así que duplicar el valor del suelo duplica la plusvalía. Si no tienes el recibo a mano, deja el valor que trae y quédate con el punto de equilibrio, porque la plusvalía es una de las líneas pequeñas del cálculo: 2.000 € frente a 15.314 € de gastos de venta totales a los siete años.

¿Sirve para obra nueva o solo para vivienda de segunda mano?

Sirve para las dos, pero el impuesto lo escribes tú. El desplegable de comunidad autónoma rellena el ITP de segunda mano; para obra nueva sustituye ese porcentaje por el 10 % de IVA más el AJD, que la ayuda de la propia calculadora sitúa entre el 0,5 % y el 1,5 %, un tipo que también fija cada comunidad. En Madrid eso invierte el orden: un 6 % en segunda mano contra algo más del 10 % en obra nueva, sobre el mismo precio.

¿Es gratis y qué pasa con los datos que escribo?

Es gratis y no se guarda nada. El modelo entero se ejecuta en tu navegador: 360 meses de comparación, el cuadro de amortización y las seis sensibilidades del plegable «Qué mueve la respuesta», recalculados a cada tecla. Lo que cambies respecto de los valores por defecto viaja en la dirección de la página, que es lo que te permite mandarle el escenario a otra persona sin que nada llegue a un servidor.

Un ratio precio-alquiler de 18,4, ¿significa que hay que alquilar?

No. La regla del pulgar sitúa los cortes en 15 y en 20, y 18,4 cae en medio, donde no dice nada. Con esos mismos números el equilibrio madrileño llega en 3 años 8 meses. El ratio no sabe cuánto cuesta tu hipoteca ni cuánto ITP paga tu comunidad.

Ya tengo mi punto de equilibrio, ¿qué hago con él?

Empieza por el año de la venta, porque en España mueve la factura de la plusvalía: el coeficiente vale 0,20 a los siete años, 0,09 a los quince y 0,40 a los veinte, así que prueba tu horizonte y otros dos, uno por encima y otro por debajo, antes de quedarte con una cifra. Luego mide la distancia entre el equilibrio y los años que de verdad piensas quedarte. Un equilibrio en 3 años y 8 meses contra un plan de siete es una respuesta clara; el caso catalán a cinco años, donde comprar gana por 27 €, no es ninguna respuesta, porque la ventaja es más pequeña que el error de cualquiera de tus supuestos. Y si el veredicto te sale ajustado, abre «Qué mueve la respuesta» y busca el campo que lo da la vuelta movido solo: cuando ese campo es la revalorización de la vivienda o la rentabilidad de la inversión, lo que tienes entre manos es un pronóstico y no un cálculo.

Fuentes y referencias

  1. Ministerio de Hacienda — Tributación Autonómica. Medidas 2026, Capítulo IV: los tipos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales aprobados por cada comunidad autónoma, incluidas las seis que aplican escalas por tramos
  2. Real Decreto 1426/1989 — Arancel de los Notarios: la escala de los «Documentos de cuantía», que arranca en 90,151816 € para valores que no excedan de 6.010,12 €, y la rebaja obligatoria del 5 % sobre el importe a percibir
  3. Real Decreto 1427/1989 — Arancel de los Registradores de la Propiedad: la escala de las «Inscripciones», que arranca en 24,040484 € para fincas de valor no superior a 6.010,12 €, con la misma rebaja del 5 %
  4. Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales — art. 72.1 (el IBI entre el 0,4 % y el 1,10 % del valor catastral en urbana), art. 107.4 (los coeficientes de la plusvalía municipal por años de tenencia) y art. 108.1 (el tope del 30 % en el tipo de gravamen)
  5. Agencia Tributaria — Exención por reinversión en vivienda habitual (art. 38 LIRPF): el plazo de reinversión no superior a dos años y la regla de la reinversión parcial, que exime solo la parte proporcional de la ganancia
  6. Agencia Tributaria, Manual práctico de Renta — Régimen transitorio: la Ley 16/2012 suprimió la deducción por inversión en vivienda habitual con efectos desde el 1 de enero de 2013, y solo la conservan quienes compraron antes de esa fecha y ya la habían aplicado
  7. Agencia Tributaria — la escala del ahorro con la que tributa la ganancia de la venta de una vivienda en España: 19 % / 21 % / 23 % / 27 % / 30 % en conjunto, de los que esta página muestra la mitad estatal
  8. Banco de España — indicadores del mercado inmobiliario: el tipo medio del 2,9 % de los nuevos préstamos para vivienda y el precio tasado de 2.316 €/m² que están detrás de los valores por defecto españoles de esta calculadora

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